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Trámites registrales

Cancelar la hipoteca en el Registro: deuda cero no es carga cero

Terminar de pagar la hipoteca no la borra del Registro: la carga sigue ahí hasta que usted la cancela expresamente. Es barato, es rápido y le ahorrará un problema el día que venda o herede la vivienda.

Por qué sigue apareciendo su hipoteca

El banco dejó de cobrarle, pero la inscripción registral —que es lo que ve cualquiera que pida una nota simple— sigue activa. El Registro no se entera solo de que usted pagó: hace falta un documento público que lo acredite e inscribirlo. Hasta entonces, su vivienda figura con una carga que ya no existe en la realidad, y eso frena o complica ventas, herencias y nuevas hipotecas.

¿La buena noticia? Es uno de los trámites más baratos y mecánicos del mundo inmobiliario, y cuanto antes se hace, menos problemas da.

Los tres pasos

  1. Certificado de deuda cero. Lo emite su banco acreditando que el préstamo está totalmente pagado. Según la entidad puede tener un pequeño coste administrativo.
  2. Escritura de cancelación. Con ese certificado, un representante del banco firma ante notario la cancelación de la hipoteca. Muchas entidades lo gestionan ellas mismas o a través de su gestoría.
  3. Inscripción en el Registro. La escritura se presenta en el Registro de la Propiedad y la carga desaparece de la nota simple. Suele ser cuestión de días.

Qué cuesta y cuándo hacerlo

Los gastos son notaría y registro —gestoría aparte si la usa— y, con carácter general, se mueven en torno a unos cientos de euros en total según el capital originario del préstamo. No tributa como transmisión: la cancelación registral no paga ITP ni plusvalía.

El mejor momento es ahora, aunque no venda: los bancos cambian, se fusionan y localizar al representante correcto veinte años después es una odisea. El segundo mejor momento es en la propia venta, coordinándolo con la firma. Lo que no conviene es dejarlo «para cuando haga falta».

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

Existe una vía de caducidad por el transcurso de un plazo largo desde el vencimiento del préstamo, pero es un trámite registral específico y lento. La cancelación ordinaria es mucho más rápida y barata.
Sí: se cancela en la misma operación de venta, reteniendo del precio lo necesario y firmando la cancelación a la vez. Pero si la hipoteca ya estaba pagada hace años, hacerlo antes de poner el anuncio evita tensiones en la recta final.
Las entidades se fusionan, pero la deuda y sus certificados viajan al banco absorbente. Se pide el certificado a la entidad actual; cuesta algo más de localización, pero se resuelve.
Puede hacerlo usted: pedir el certificado, acudir al notario y presentar la escritura en el Registro. La gestoría le ahorra desplazamientos a cambio de sus honorarios. Si vende con nosotros, lo coordinamos dentro de la operación.

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